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Postura para remate judicial: cómo hacer su oferta (con modelo)

La postura es su oferta de compra en el remate. Presentarla bien es la diferencia entre competir por el bien o quedar por fuera por un detalle formal. Le explicamos cuál es la postura admisible, cómo y cuándo se presenta, qué debe llevar el sobre y le dejamos un modelo de escrito que puede adaptar.
Esta guía sobre postura para remate resume lo que dice la ley colombiana y lo que vemos en la práctica de los juzgados, con ejemplos y valores reales.
Puntos clave:
- La postura admisible es la que cubre por lo menos el 70% del avalúo (artículo 448 del CGP).
- Puede presentarla dentro de los 5 días anteriores al remate o durante la hora de la audiencia (artículos 451 y 452).
- La oferta es irrevocable: una vez presentada no se puede retirar.
- Gana la oferta más alta; si hay empate, los empatados pueden mejorarla y, si nadie lo hace, gana la primera presentada.
¿QUÉ ES LA POSTURA ADMISIBLE EN UN REMATE?
Es la oferta mínima que el juez puede aceptar. El artículo 448 del CGP la fija en el 70% del avalúo de los bienes. Si el avalúo es de $250.000.000, ninguna oferta por debajo de $175.000.000 es válida. Si se repite el remate porque fue improbado, rige la misma postura admisible (artículo 457).
| Avalúo | Postura admisible (70%) | Depósito (40%) |
|---|---|---|
| $120.000.000 | $84.000.000 | $48.000.000 |
| $250.000.000 | $175.000.000 | $100.000.000 |
| $500.000.000 | $350.000.000 | $200.000.000 |
¿CÓMO SE PRESENTA LA POSTURA PARA UN REMATE JUDICIAL?
Hay dos momentos para presentarla:
- Antes de la audiencia: dentro de los cinco días anteriores al remate, en sobre cerrado en la secretaría del juzgado. Las ofertas quedan reservadas bajo custodia del juez y no necesita asistir a la subasta (artículo 451).
- Durante la audiencia: el día y hora fijados, el juez anuncia cuántos sobres recibió y abre una hora para que los asistentes presenten nuevas ofertas en sobre cerrado (artículo 452).
En los remates virtuales la postura se envía por correo electrónico al buzón que indique el juzgado, normalmente en un PDF protegido con contraseña; lo explicamos en remate virtual.
¿QUÉ DEBE CONTENER EL SOBRE?
- Escrito de postura firmado, con el valor ofrecido en números y letras.
- Comprobante del depósito judicial del 40% del avalúo; vea consignación para remate.
- Copia de su cédula o del certificado de existencia y representación de la empresa.
- Poder especial si actúa por otra persona (artículo 452).
- En la cara exterior: juzgado, número de proceso, fecha del remate y la leyenda «Postura de remate».
MODELO DE ESCRITO DE POSTURA
Señor(a) Juez [número] Civil [Municipal/del Circuito] de [ciudad]. Referencia: proceso [ejecutivo/hipotecario] de [demandante] contra [demandado]. Radicado [23 dígitos]. Asunto: postura para el remate fijado para el [fecha] a las [hora].
Yo, [nombre completo], identificado con cédula de ciudadanía [número], obrando en nombre propio, presento postura por el bien identificado con folio de matrícula inmobiliaria [número] por la suma de [valor en letras] ($[valor en números]), que supera el 70% del avalúo. Adjunto el comprobante del depósito judicial por el 40% del avalúo y copia de mi documento. Recibo notificaciones en [correo] y [teléfono]. Firma.
Si necesita la minuta lista, encuéntrela en descargar minutas.
¿SE PUEDE RETIRAR UNA OFERTA EN UN REMATE?
No. El artículo 452 dice expresamente que la oferta es irrevocable. Si gana y no paga el saldo y el impuesto dentro de los cinco días siguientes, el juez imprueba el remate y usted pierde la mitad del depósito como multa (artículo 453). Por eso debe tener el dinero completo listo antes de ofertar.
¿CÓMO SE DECIDE QUIÉN GANA?
Pasada la hora, el juez abre los sobres, lee las ofertas válidas y adjudica al mejor postor. Si hay empate, invita a los empatados presentes a mejorar su oferta; si nadie lo hace, adjudica al que primero presentó la oferta (artículo 452). Si no hay ofertas válidas, el remate se declara desierto; vea qué pasa si no hay postores en un remate.
Postura para remate es un tema en el que un detalle cambia el resultado: si tiene dudas sobre su caso, revise el expediente con un abogado antes de consignar.
Agenda tu asesoríaWhatsApp 316 737 8752 · Abogada Mabel SepúlvedaEscribir por WhatsApp →PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE POSTURA PARA REMATE
¿Qué es la postura admisible en un remate?
Es la oferta mínima que el juez acepta: el 70% del avalúo del bien, según el artículo 448 del Código General del Proceso.
¿Cómo se presenta la postura para un remate judicial?
En sobre cerrado, dentro de los cinco días anteriores al remate o durante la hora de la audiencia, con el escrito firmado, el comprobante del depósito del 40% y copia del documento. En remates virtuales se envía por correo al buzón que indique el juzgado.
¿Se puede retirar una oferta en un remate?
No. El artículo 452 del CGP establece que la oferta es irrevocable. Si gana y no paga a tiempo, pierde la mitad del depósito como multa.
Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica. Las normas citadas corresponden al Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) y demás leyes vigentes a octubre de 2026; cada juzgado puede fijar condiciones particulares en el aviso de remate, así que verifíquelas siempre en el expediente.
Cómo calcular la postura para remate paso a paso
- Tome el avalúo que aparece en el aviso.
- Calcule la base: 70 % del avalúo. Por debajo de esa cifra la postura para remate no es admisible.
- Estime el valor comercial con inmuebles similares de la zona.
- Reste los costos: impuesto de remate (5 %), registro, deudas, reparaciones y tiempo de entrega.
- Defina su margen: la diferencia entre el valor comercial y su costo total debe compensar el riesgo.
- Fije su oferta entre la base y el máximo que le deja ese margen.
Estrategias para ganar la subasta sin pagar de más
- Evite cifras redondas: ofrecer 180.150.000 en lugar de 180.000.000 puede desempatar a su favor.
- Estudie el historial: si el remate ha quedado desierto, probablemente habrá menos competencia.
- No se deje llevar por la emoción: decida su oferta máxima antes de la diligencia y respétela.
- Considere los remates virtuales de otras ciudades, donde a veces hay menos postores.
Qué pasa si hay empate en la postura para remate
Si dos o más postores ofrecen exactamente el mismo valor y es el más alto, el juez invita a los empatados a mejorar su oferta en la misma diligencia. Si ninguno la incrementa, el bien se adjudica al postor empatado que haya presentado primero su oferta (artículo 452 del CGP).
Preguntas frecuentes
¿La postura debe ir firmada?
Sí. La oferta debe estar firmada por el postor o por su apoderado e incluir sus datos de identificación y de contacto, junto con el comprobante del depósito.
¿La postura para remate puede incluir condiciones?
No. La oferta debe ser pura y simple. Las condiciones (por ejemplo, sujetas a crédito) hacen que la postura sea inadmisible.
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Fuente oficial: Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), Secretaría del Senado.
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