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Remate de inmueble embargado: embargo, secuestro y avalúo

Un inmueble no sale a remate de un día para otro. Antes de la subasta, el juez debe ordenar el embargo, hacer el secuestro y contar con un avalúo. Conocer estas etapas le sirve tanto si es comprador, para saber en qué punto está el proceso, como si es propietario y quiere entender qué viene. Así funciona el remate de un inmueble embargado según el Código General del Proceso.
Puntos clave:
- El embargo se inscribe en el certificado de libertad e impide vender el inmueble libremente.
- El secuestro entrega la custodia del bien a un secuestre, auxiliar de la justicia.
- Solo se puede fijar fecha de remate cuando el bien está embargado, secuestrado y avaluado (art. 448 CGP).
- Al aprobar el remate, el juez cancela el embargo y levanta el secuestro.
ETAPAS ANTES DEL REMATE
| Etapa | Qué pasa | Dónde se ve |
|---|---|---|
| Demanda ejecutiva | El acreedor cobra la deuda ante un juez | Expediente del proceso |
| Embargo | Se inscribe la medida en la oficina de registro | Certificado de libertad (anotación de embargo) |
| Secuestro | El secuestre toma la custodia del inmueble | Acta de la diligencia de secuestro |
| Sentencia o auto que ordena seguir adelante | El juez confirma la obligación | Expediente |
| Avalúo | Se fija el valor del inmueble | Expediente; aviso de remate |
| Fecha de remate | El juez señala día y hora | Aviso publicado al menos 10 días antes |
EL EMBARGO: QUÉ SIGNIFICA PARA EL INMUEBLE
El embargo saca el inmueble del comercio: el dueño no puede venderlo ni hipotecarlo libremente mientras esté vigente. Se ve en el certificado de libertad y tradición como una anotación. Un inmueble puede tener varios embargos de distintos acreedores; el juez del remate debe tener en cuenta a los acreedores hipotecarios y prendarios, que deben ser citados antes del remate (art. 448).
814remates publicadosLista de remates judicialesVea los remates vigentes · actualizado a diarioVer remates →EL SECUESTRO Y EL PAPEL DEL SECUESTRE
En la diligencia de secuestro, el juez o un comisionado entrega el inmueble a un secuestre, que lo administra y lo cuida hasta el remate. El acta de secuestro describe el estado del inmueble y quién lo ocupa. Para el comprador es un documento clave: le dice si hay arrendatarios, si el deudor sigue viviendo allí y cómo está el bien.
Después del remate, el secuestre debe entregar el inmueble al rematante. Si no lo hace en 3 días, el juez ordena la entrega (art. 456). Vea entrega de inmueble rematado.
EL AVALÚO Y LA FECHA DEL REMATE
El avalúo fija el valor de referencia. La oferta mínima es el 70 % del avalúo y para ofertar se consigna el 40 %. El aviso de remate se publica un domingo, al menos 10 días antes, en un periódico de amplia circulación u otro medio que el juez indique (art. 450).
Si usted es el propietario y no está de acuerdo con el avalúo, puede objetarlo dentro del término legal. Si es comprador, compare el avalúo con precios reales de la zona. Más en avalúo para remate judicial.
¿QUÉ PUEDE HACER EL DUEÑO DE UN INMUEBLE EMBARGADO?
Antes de la audiencia, el deudor puede evitar el remate pagando la deuda y las costas, o llegando a un acuerdo con el acreedor. Le explicamos las opciones en cómo evitar o suspender un remate judicial. Si el remate se realiza y sobra dinero después de pagar a los acreedores, ese remanente es para el deudor: vea remanente del remate.
PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE REMATE DE INMUEBLE EMBARGADO
¿Se puede comprar un inmueble embargado?
Sí, en el remate judicial. Fuera del remate, mientras el embargo esté vigente, el propietario no puede venderlo libremente.
¿Qué es el secuestro de un inmueble?
Es la diligencia en la que el juez entrega la custodia del inmueble embargado a un secuestre, que lo administra hasta el remate y luego lo entrega al comprador.
¿Cuándo se puede rematar un inmueble embargado?
Cuando el bien está embargado, secuestrado y avaluado, y está en firme el auto que ordena seguir adelante con la ejecución (art. 448 CGP).
¿Qué pasa con el embargo después del remate?
El juez lo cancela al aprobar el remate, junto con las hipotecas y el secuestro, y ordena inscribirlo en el certificado de libertad.
Guías relacionadas sobre remates judiciales
- Avalúo para remate judicial
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- Remanente del remate
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Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica. Las condiciones de cada remate pueden cambiar; verifique siempre en el juzgado o la entidad correspondiente.
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