Remate Judicial

Remates de carros embargados: cómo comprar uno en Colombia

Remates de carros embargados en Colombia

Los remates de carros embargados permiten comprar automóviles, camionetas y motos por debajo del precio comercial. Son vehículos que un juez embargó y mandó a vender para pagar una deuda. En esta guía le explicamos dónde encontrarlos, cuánto dinero necesita y qué pasa con las multas, los impuestos y la prenda.

Puntos clave:

  • Un carro embargado se vende en remate judicial según el Código General del Proceso (CGP).
  • Para participar se consigna el 40 % del avalúo y se ofrece mínimo el 70 % del avalúo.
  • Si gana, paga el saldo y el impuesto de remate dentro de los 5 días siguientes.
  • El auto que aprueba el remate cancela embargos y prenda; las multas de tránsito no pasan al comprador.

¿QUÉ ES UN CARRO EMBARGADO Y POR QUÉ TERMINA EN REMATE?

Cuando una persona no paga una deuda, el acreedor puede iniciar un proceso ejecutivo y pedir el embargo de su vehículo. El embargo se inscribe en el organismo de tránsito y luego el carro se secuestra: queda bajo la custodia de un secuestre, normalmente en un parqueadero o patio. Después se hace el avalúo y el juez fija fecha para el remate.

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Por eso un carro embargado no es lo mismo que un carro que vende un banco. En el remate judicial manda el juez y se siguen las reglas del CGP; en la venta de un banco manda la entidad. Si le interesa esa otra opción, lea nuestra guía de remates de carros de bancos.

¿DÓNDE ENCONTRAR REMATES DE CARROS EMBARGADOS?

El aviso de remate se publica en un medio de amplia circulación y en el micrositio del juzgado en la página de la Rama Judicial. Revisar juzgado por juzgado toma tiempo, por eso en nuestra lista de remates judiciales reunimos los avisos de todo el país y puede filtrar por tipo de bien «Vehículos».

En cada aviso encontrará la placa, la marca, el modelo, el avalúo, la base de la postura, el juzgado, el número del proceso y la fecha de la audiencia.

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PASO A PASO PARA COMPRAR UN CARRO EMBARGADO EN REMATE

PasoQué hacerCuándo
1. Elegir el vehículoRevise el aviso: placa, avalúo, base de la postura y fecha.Antes de la audiencia
2. Consultar la placaVerifique en el RUNT el estado del vehículo y en el SIMIT las multas. Pregunte en la secretaría de hacienda por el impuesto vehicular.Antes de ofertar
3. Ver el carroPida al secuestre o al juzgado la ubicación y, si es posible, inspecciónelo con un mecánico.Antes de ofertar
4. ConsignarDeposite el 40 % del avalúo en el Banco Agrario a órdenes del juzgado (artículo 451 del CGP).Antes de la audiencia
5. OfertarPresente su oferta en sobre cerrado (casi siempre digital) por al menos el 70 % del avalúo.Durante la audiencia
6. Pagar el saldoSi gana, consigne el saldo y pague el impuesto de remate (artículo 453 del CGP).Dentro de los 5 días siguientes
7. Aprobación y entregaEl juez aprueba el remate, cancela embargos y prenda y ordena entregarle el vehículo.Después del pago
8. TraspasoRadique en tránsito el acta de remate y el auto aprobatorio para quedar como propietario.Después de la aprobación

Si quiere ver estos pasos con más detalle, lea los requisitos para participar en un remate y cómo hacer la postura.

¿CUÁNTO DINERO NECESITO PARA COMPRAR UN CARRO EN REMATE?

Tome como ejemplo un carro avaluado en $40.000.000:

ConceptoValor
Consignación para participar (40 % del avalúo)$16.000.000
Oferta mínima (70 % del avalúo)$28.000.000
Saldo a pagar si gana con la oferta mínima$12.000.000
Impuesto de remate (5 % de $28.000.000)$1.400.000

A eso súmele el traspaso, el parqueadero si le corresponde y los arreglos mecánicos. Si no gana, el juzgado le devuelve la consignación. Puede hacer sus propias cuentas con la calculadora de postura.

¿QUÉ PASA CON LAS MULTAS, LOS IMPUESTOS Y LA PRENDA?

Multas de tránsito

Las multas de tránsito se imponen a la persona que cometió la infracción, no al carro. No pasan al comprador del remate. Aun así, consulte el SIMIT: algunos organismos de tránsito piden estar a paz y salvo para hacer trámites, y conviene saberlo antes.

Impuesto vehicular, parqueadero y otros gastos

Del producto del remate el juez reserva lo necesario para pagar los impuestos y los gastos de parqueo o depósito causados hasta la entrega del bien (artículo 455, numeral 7, del CGP). Pida esa reserva al juzgado y guarde los recibos de lo que pague.

Prenda y embargos

El auto que aprueba el remate ordena cancelar los gravámenes prendarios y los embargos que afecten el vehículo. El juzgado envía los oficios a tránsito; usted debe hacer el seguimiento para que queden levantados antes del traspaso.

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RIESGOS DE COMPRAR UN CARRO EMBARGADO Y CÓMO EVITARLOS

  • Estado mecánico: el carro se vende como está y sin garantía. Si no puede verlo, ofrezca con un margen para reparaciones.
  • Documentos: puede no tener tarjeta de propiedad, SOAT o revisión técnico-mecánica vigentes. Cuente con esos gastos.
  • Varios embargos: revise el expediente; si hay otros procesos, el juez debe ordenar cancelarlos todos.
  • Ubicación: confirme que el carro está en el parqueadero del secuestre y no en manos del deudor.

Le contamos más en riesgos de participar en remates judiciales.

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE CARROS EMBARGADOS EN REMATE

¿Se puede comprar un carro embargado?

Sí. Un carro embargado y secuestrado dentro de un proceso ejecutivo se vende en remate judicial. Cualquier persona puede ofertar consignando el 40 % del avalúo y ofreciendo al menos el 70 % del avalúo.

¿Quién paga las multas de un carro comprado en remate?

Las multas de tránsito se imponen a la persona que cometió la infracción, no al vehículo, así que no pasan al comprador. Aun así, consulte el SIMIT antes de ofertar para evitar trabas en el traspaso.

¿El carro de remate queda libre de prenda y embargos?

Sí. El auto que aprueba el remate ordena cancelar los embargos y los gravámenes prendarios que afecten el vehículo, y el juzgado lo comunica al organismo de tránsito.

¿Cuánto se demora el traspaso de un carro rematado?

Depende del juzgado y del organismo de tránsito. Primero el juez debe aprobar el remate (dentro de los cinco días siguientes a que se pague el saldo y el impuesto) y luego se radican el acta y el auto aprobatorio en tránsito para inscribir al nuevo propietario.

Guías relacionadas sobre remates judiciales

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ASESORÍA ESPECIALIZADA EN REMATES JUDICIALES

En REMATANDO BIENES le ayudamos a estudiar el remate antes de ofertar: revisión jurídica del expediente y de los documentos del bien, cálculo de la postura y de todos los costos, y acompañamiento hasta la entrega. Puede agendar una asesoría especializada por videollamada con la abogada y economista Mabel Sepúlveda, usar la asesoría gratis o escribirnos por WhatsApp al 316 737 8752.

Encuentre remates vigentes en nuestra lista de remates judiciales y calcule su oferta con la calculadora de postura. Síganos en Facebook, X, YouTube e Instagram como @rematandobienes.

Fuente oficial: Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), Secretaría del Senado.

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