Remate Judicial

¿Cuánto dinero necesito para comprar en un remate judicial?

Cuánto dinero necesito para comprar en remate – RematandoBienes.com

La pregunta práctica antes de cualquier remate es cuánta plata hay que tener y cuándo. A diferencia de una compraventa normal, en un remate el dinero se necesita en muy poco tiempo y casi siempre de contado. Le explicamos cuánto dinero necesita para comprar en un remate judicial, si es posible usar crédito y en qué casos el acreedor puede rematar sin consignar.

Esta guía sobre cuánto dinero necesito para comprar en remate resume lo que dice la ley colombiana y lo que vemos en la práctica de los juzgados, con ejemplos y valores reales.

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Puntos clave:

  • Antes de ofertar necesita el 40% del avalúo como depósito (artículo 451 del CGP).
  • Si gana, tiene 5 días para pagar el saldo y el 5% del impuesto de remate (artículo 453).
  • Sume registro, posibles deudas de administración y gastos de entrega.
  • Los créditos hipotecarios tradicionales rara vez alcanzan a desembolsar en 5 días; planee con recursos propios.

¿CUÁNTO DINERO NECESITO PARA COMPRAR EN UN REMATE JUDICIAL?

Necesita dinero en dos momentos. Ejemplo con un inmueble avaluado en $200.000.000 y una oferta ganadora de $160.000.000:

MomentoConceptoValor
Antes de ofertarDepósito judicial (40% del avalúo)$80.000.000
5 días despuésSaldo del precio ($160.000.000 – $80.000.000)$80.000.000
5 días despuésImpuesto de remate (5% de $160.000.000)$8.000.000
Para registrarImpuesto y derechos de registro (aprox. 1% a 2%)$1.600.000 a $3.200.000
Según el casoAdministración atrasada, arreglos, entregaVariable
Total aproximado$170.000.000 o más

Si pierde la subasta, le devuelven el depósito (artículo 452). Si gana y no paga a tiempo, pierde la mitad del depósito (artículo 453). Haga sus cuentas con la calculadora de postura.

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¿PUEDO COMPRAR EN REMATE CON CRÉDITO HIPOTECARIO?

Es difícil, pero no imposible. El problema es el plazo: el saldo debe pagarse dentro de los cinco días siguientes a la audiencia, y un crédito hipotecario normal exige estudio, avalúo del banco y escritura, lo que toma semanas. Algunas alternativas que usan los compradores:

  • Recursos propios o de socios para el depósito y el saldo, y luego un crédito con garantía del bien ya registrado para recuperar liquidez.
  • Crédito de libre inversión o con otra garantía aprobado antes del remate.
  • Ofertar por bienes de menor valor para que el depósito y el saldo quepan en su capacidad.

Si compra vivienda con subsidio, revise las condiciones en subsidios en remates judiciales. Y si su presupuesto es limitado, lea invertir en remates judiciales con poco dinero.

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¿PUEDE EL ACREEDOR REMATAR CON SU CRÉDITO?

Sí. Quien sea único ejecutante o acreedor ejecutante de mejor derecho puede rematar por cuenta de su crédito sin consignar el depósito, siempre que el crédito equivalga por lo menos al 40% del avalúo; si no, consigna la diferencia (artículo 451). Si el precio supera el crédito, debe consignar el saldo, y si es acreedor de mejor derecho, también las costas causadas en interés general de los acreedores (artículo 453). Por eso en algunos remates el banco o el acreedor terminan quedándose con el bien.

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CONSEJOS PARA NO QUEDARSE SIN LIQUIDEZ

  • Defina una oferta máxima que incluya el 5% del impuesto y el registro.
  • Tenga el dinero del saldo disponible antes de la audiencia.
  • Reserve un margen para administración atrasada y la entrega.
  • Recuerde que el dinero del depósito queda inmovilizado hasta que el juzgado ordene devolverlo.

Calcular cuánto necesito

Cuánto dinero necesito para comprar en remate es un tema en el que un detalle cambia el resultado: si tiene dudas sobre su caso, revise el expediente con un abogado antes de consignar.

PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE CUÁNTO DINERO NECESITO PARA COMPRAR EN REMATE

¿Cuánto dinero necesito para comprar en un remate judicial?

El 40% del avalúo antes de ofertar y, si gana, el saldo del precio más el 5% del impuesto de remate dentro de los cinco días siguientes. Sume también el registro y las posibles deudas de administración.

¿Puedo comprar en remate con crédito hipotecario?

Es difícil, porque el saldo debe pagarse en cinco días y un crédito hipotecario tarda más. Lo usual es usar recursos propios o un crédito aprobado de antemano, y luego financiarse con el bien ya registrado.

¿Puede el acreedor rematar con su crédito?

Sí. El único ejecutante o el acreedor de mejor derecho puede rematar por cuenta de su crédito sin consignar, si este equivale al menos al 40% del avalúo (artículo 451 del CGP).

Este contenido es informativo y no constituye asesoría jurídica. Las normas citadas corresponden al Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012) y demás leyes vigentes a octubre de 2026; cada juzgado puede fijar condiciones particulares en el aviso de remate, así que verifíquelas siempre en el expediente.

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Fuente oficial: Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), Secretaría del Senado.

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